Doña Eva quiere olvidar, pero no
importa que se preocupe por ello. El
mecanismo ya se ha puesto en marcha y son otros quienes intentarán que los
demás se olviden de ella. También es
verdad que en su caso, será difícil que consiga
el propósito del anonimato, al menos hasta pasadas varias generaciones.
Le quedará eso sí, el “derecho al
olvido” que viene a ser como la cancelación de los antecedentes penales en
versión societal. Dice la norma que la
cancelación de la misma puede solicitarse
cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés
público. Vamos, que los chafarderos
tenemos los días contados…, pero doña Eva no podrá solicitar este “olvido”
porque lo suyo, aunque ella no sepa no conteste, será relevante, de interés
público y estará en los libros, durante algún tiempo.
Otra persona a quien que en
cambio sí le hubiera ido bien, sería a
una isleña residente en un pueblo de la
provincia de Málaga. Ella, en su día,
dejó de abonar los salarios a una empleada de hogar y en el juicio practicado se declaró insolvente. Aquella insolvencia fue publicada en el
Boletín Oficial del Registro Mercantil, y mira por dónde, que el verano pasado, a punto de cerrar un negocio
con una empresa malagueña, a éstos no se les ocurre nada mejor que hacer, que
teclear el nombre de la susodicha en el buscador de internet. Las alarmas se encendieron y no solo eso,
sino que lograron contactar –también por
internet- con la otra parte para
informarse de lo ocurrido. Ni que decir
que el negocio se le esfumó de las manos.
El dilema siempre estará
presente. Suele decirse que “contra el
vicio de pedir, está la virtud de no dar” y en estos casos, ante el derecho de
borrar tu “historia” también tendría que perdurar el de “acordarnos” de las
historias de con quienes nos relacionamos.
Lo hacemos cada día, cada vez que estrechamos la mano del prójimo, cada
vez que introducimos una papeleta en la urna, cada vez que elegimos un
restaurante o compramos en un supermercado. ¿Por qué no poder contrastar aquellas
“historias” ajenas como una búsqueda de opiniones en Trivago, Kayak, etc.?
La base de datos de la
jurisprudencia de los Juzgados y tribunales, dirá que “Doña Eva”, esposa de
“don Julio” fue absuelta como cooperadora de dos delitos fiscales cometidos por
su marido en el caso Nóos. Y hay más, no busquen a Blesa en la jurisprudencia, encontrarán en
su lugar a Dimas Manuel, y si buscan a Rato, lo encontrarán como Constantino
Feliciano.
Y todos contentos.
PUBLICADO EL 23 MARZO DE 2017, EN EL DIARIO MENORCA.