DOÑA EVA

Doña Eva quiere olvidar, pero no importa que se preocupe por ello.  El mecanismo ya se ha puesto en marcha y son otros quienes intentarán que los demás se olviden de ella.  También es verdad  que en su caso, será difícil que consiga el propósito del anonimato, al menos hasta pasadas  varias generaciones. 

Le quedará eso sí, el “derecho al olvido” que viene a ser como la cancelación de los antecedentes penales en versión societal.  Dice la norma que la cancelación de la misma puede solicitarse  cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público.  Vamos, que los chafarderos tenemos los días contados…, pero doña Eva no podrá solicitar este “olvido” porque lo suyo, aunque ella no sepa no conteste, será relevante, de interés público y estará en los libros, durante algún tiempo.

Otra persona a quien que en cambio sí le hubiera ido bien,  sería a una isleña  residente en un pueblo de la provincia de Málaga.  Ella, en su día, dejó de abonar los salarios a una empleada de hogar y en el juicio  practicado se declaró insolvente.  Aquella insolvencia fue publicada en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, y mira por dónde, que  el verano pasado, a punto de cerrar un negocio con una empresa malagueña, a éstos no se les ocurre nada mejor que hacer, que teclear el nombre de la susodicha en el buscador de internet.  Las alarmas se encendieron y no solo eso, sino que lograron  contactar –también por internet-  con la otra parte para informarse de lo ocurrido.  Ni que decir que el negocio se le esfumó de las manos. 

El dilema siempre estará presente.  Suele decirse que “contra el vicio de pedir, está la virtud de no dar” y en estos casos, ante el derecho de borrar tu “historia” también tendría que perdurar el de “acordarnos” de las historias de con quienes nos relacionamos.  Lo hacemos cada día, cada vez que estrechamos la mano del prójimo, cada vez que introducimos una papeleta en la urna, cada vez que elegimos un restaurante  o compramos en un supermercado.  ¿Por qué no poder contrastar aquellas “historias” ajenas como una búsqueda de opiniones en Trivago, Kayak, etc.?

La base de datos de la jurisprudencia de los Juzgados y tribunales, dirá que “Doña Eva”, esposa de “don Julio” fue absuelta como cooperadora de dos delitos fiscales cometidos por su marido en el caso Nóos.  Y hay más, no busquen  a Blesa en la jurisprudencia, encontrarán en su lugar a Dimas Manuel, y si buscan a Rato, lo encontrarán como Constantino Feliciano.


Y todos contentos.


PUBLICADO EL 23 MARZO DE 2017, EN EL DIARIO MENORCA.