JURAR Y PROMETER (VM)

Hubo un tiempo en que los focos mediáticos aparecían en los actos de toma de posesión más interesados en indagar las tendencias político-religiosas de los actores que el simple hecho del acto en sí. Así, prometer por la conciencia y honor y sobre la Constitución decantaba a uno a posiciones democráticas y anticlericales. El jurar por Dios y sobre la Biblia, relegaba al actor a la derecha del espectro político y con claras alusiones religiosas.

En mi última toma de posesión de un empleo público jugué al despiste y saliendo de la norma –entendiendo como norma, la rutina de los demás- juré y prometí el cargo. Además, tanto da que uno jure o prometa, porque al final, de incumplirse el mismo, el castigo será el idéntico hayas prometido o jurado. O sea, cero Zapatero.

Cambiaron los tiempos y algunos listillos introdujeron la fórmula “por imperativo legal”, como si juraran todo lo contrario. ¡Pues claro que es por imperativo legal!, si acaso no lo fuera, no se tomarían los juramentos o promesas. Pero claro, la ignorancia de unos se multiplica en los otros, y así tenemos lo que tenemos.

Ya en la mili, cuando jurabas bandera lo hacías “jurando a Dios o por nuestro honor y prometiendo a España”, pero lo importante no era el juramento, sino las consecuencias de no cumplir lo juramentado: “Si así lo hacías, la Patria nos lo agradecería y premiaría, y si no, mereceríamos su desprecio y castigo, como indignos hijos de ella"

Y con los años y las nuevas generaciones, hemos pasado de “no ser premiados”, a ni siquiera ser despreciados ni castigados por ello. Y así nos van las cosas.

La dejadez, la inoperancia, la siempre presunta prevaricación de quienes tendrían que velar para que las leyes se ejecutaran como están dispuestas y no su contrario, propicia que los actos de toma de posesión se desvirtúen de tal forma que parecen más circos mediáticos que actos protocolarios.

Puestos a avanzar en esta sociedad más folklórica que respetuosa, puestos a no perpetuarnos en actitudes arcaicas, y dado que no hay condena alguna para los incumplimientos de los juramentos y promesas, ya sean éstas por Dios, por España, por la Constitución o por la 3ª república, por imperativo o sin imperativos legales –otra cosa es que se castiguen tipos penales infringidos-, ¿por qué no eliminar las juras y promesas, las advertencias y las bendiciones?

Si ya lo dice el dicho aquel en forma de refranero del pueblo, que “prometer hasta bien meter, y una vez metido, nada de lo prometido”.

PUBLICADO EL 20 DE JUNIO DE 2019, EN EL DIARIO MENORCA.