CESGARDEN


La noticia de que la fiscalía anticorrupción aterrizaba sobre tierras menorquinas por el caso Cesgarden, dio un balón de oxígeno a las arcas públicas –y un jarrón de cubitos de hielo sobre otras-. Y como no, también daría un sinfín de opiniones, de muy diversas tendencias, sobre el tema.

 

Para unos, la complacencia del ejecutivo anterior estaría tras la raíz del todo. Otros dirían que el tesón y el buen hacer del actual gobierno, habrían dado sus frutos. Otros, y no por ello menos importantes, serán quienes dirigirán sus opiniones sobre los informes jurídicos emitidos en su día. El qué decían, o qué se leía en ellos, será parte de la clave de este puzzle.

 

Pero el caso Cesgarden no es el único que se alimenta de fallos en estratégica, empuje o intencionalidad. Deben haber muchos Cesgarden en la geografía española, muchos otros Nóos, y nos faltarán muchos jueces y fiscales que sean capaces de no ceder ante la presión mediática y seguir sus propias convicciones.

 

Se dice que las leyes van siempre por detrás de la sociedad. Y además, es cierto. Primero delinquimos buscando la laguna legal y luego parcheamos el agujero. Y la interpretamos cada uno a nuestro antojo. Y de cada vez más, tendemos a cuestionar toda iniciativa que se publica en el BOE.  Y algunas de ellas, motivadas.

 

Pocos serán pero, quienes se aparten de este mundillo sonoro y echen mirada hacia la base misma. Ni políticos, ni asesores, ni juristas. El problema está en el sistema mismo. En el sistema procesal penal español.

El sistema procesal penal español es del tipo mixto, acusatorio sí, pero en búsqueda de acusador. Pero si el acusador no aparece, nada de nada.

 

Y si además para acusar tienes que pagar, menos aún. No basta que se demuestre o que a todas luces se sepa que se ha mentido, hay que acusarlo de ello. Y a su tiempo. Porque el juez, aunque instruye, ya no entra en cuestiones de parte. La imparcialidad y la protección es tal, que sólo juzga lo expuesto en el acto del juicio. El resto, no existe.

 

Como la verdad misma. Sea o no cierta, la verdad que emane de un fallo judicial, siempre será la verdad jurídica, y no por ello la real. Ejemplos tenemos bastantes, como el 23-F sin ir más lejos. Será una percepción con duración relativa, hasta que otra interpretación superior –o el juicio de la historia- no le de puerta. O la confirme.

 

Y si rápido llegó aquel aliento, más rápido se esfumaron las esperanzas.  Ahora, sólo la búsqueda de otra interpretación puede devolvernos la esperanza y los dineros.
 
PUBLICADO EL 22 DE MAYO DE 2014, EN EL DIARIO MENORCA.