DEL ODIO A LA INDIFERENCIA

Habrá gente que pensará que la justicia está para garantizar los derechos del delincuente, o al menos, del malo de la película.  Y muy por seguro que serán más, quienes pensarán que efectivamente así es.  Uno de los últimos episodios más comentados, ha sido la del repartidor que asestó una bofetada al “youtuber” que lo llamó “caranchoa”.  Y es que el repartidor, no sólo no obtiene ganancia alguna de aquella cámara oculta que se ha hecho viral, sino que además fue condenado a pagar treinta euros de multa por un delito leve de lesiones.  Vamos, que te llaman “caranchoa” y le das las gracias por no haberte llamado cosas peores.

Es como si  entran en tu casa a robar y te quedas inmóvil por aquello de que  no sea que le hagas un daño desproporcionado y el condenado seas tú.  Porque una cosa es la legítima defensa, y lo otro, que te roben.  Y ya no hablemos cuando al ilícito penal se le llama “realización arbitraria del propio derecho” o lo que es lo mismo, el tomarse la justicia por su mano. Y eso, la  mayoría de la gente, lo desconoce.

Pero el desconocimiento no altera el resultado.  Y las tuercas, de cada vez, se aprietan más.  Y aun así, muchos siguen con su ligera costumbre de compartir opiniones, videos y demás mercancías por las redes sociales.  Y de tanto en tanto, aquel comentario hecho miles de veces en la intimidad sale publicado en la red, y la has fastidiado. 

Esto empieza a ocurrir demasiado a menudo.  Comentarios desafortunados y  políticamente incorrectos, salen publicados con un simple toque de tecla y de tanto en tanto, el brazo de la justicia cae sobre el titular de aquel apéndice que dio  aquel “ok” nefasto.

Tanto es así, que el código penal castiga al llamado delito de odio, y en el mismo engloba a las conductas que inciten contra grupos, personas por pertenencia al grupo y demás.  Y uno, sabiendo de antemano que la decisión, al  final será  la interpretación propia del juzgador, pone el freno al teclado, al apéndice que lo pulsa y al ratón que lo envía.   En ningún momento pensará criticar a catalán alguno que pitara al himno nacional.   Y no lo criticará por temor a  que alguien pudiera ver en aquella crítica un presunto delito de odio.

Es más, la Audiencia Nacional en su momento ya dictó que el pitar al himno nacional no propugna el odio nacional o el ultraje a la nación.  Lo que no sabemos, es que opinarían los juzgados catalanes si alguien pitara a “els segadors” o ultrajara a una “estelada”.  Mejor no saberlo.


Y ante el odio,  indiferencia.

PUBLICADO EL 8 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO MENORCA.